Subsidio para vivienda nueva

Es un aporte económico de hasta $34.800.000* para que complementes la cuota inicial de tu nueva vivienda. Este monto no es un préstamo, por lo que no tendrás que preocuparte por devolverlo. 
El valor de la vivienda nueva de Interés Social (VIS) es de hasta 150 SMMLV, que equivalen a $174.000.000*, y aplica solo para municipios y ciudades descritas en el Decreto 1607 de 2022 (Bogotá, Tabio, Cajicá, Chía, Cota, Facatativá, Funza, La Calera, Madrid, Mosquera, Sibaté, Soacha, Tocancipá y Zipaquirá) y otros descritos en dicho DecretoPara los demás municipios y ciudades aplicará el valor de hasta 135 SMMLV, equivalentes a $156.600.000*

¿Quieres postularte en línea al subsidio de vivienda?

La respuesta a la solicitud se notificará dentro de los 15 días hábiles siguientes a la radicación. * Valores vigentes durante el año 2023.

 
  • Ser afiliado a la Caja Colombiana de Subsidio Familiar-Colsubsidio como:

    • Empleado aportante.
    • Pensionado aportante del 2% sobre su mesada pensional.
    • Trabajador independiente aportante del 2% sobre sus ingresos, debe coincidir con lo aportado a seguridad social.
Nota: En ningún caso se exige antigüedad de afiliación a Colsubsidio.

 

  • No ser propietario o poseedor de vivienda en el territorio nacional.
  • No percibir ingresos familiares superiores a cuatro (4) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV), es decir, un ingreso máximo de $4.640.000  sumando los ingresos de todos los mayores de edad que laboren en el grupo familiar postulante
  • No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda, incluyendo a los menores de edad postulantes
  • Descarga y diligencia el formulario de inscripción para postulantes al subsidio (PDF, 2,98 MB).
  • Descarga y diligencia el Formato de declaración de estado civil y condición especial SFV (PDF, 545 KB).
    Nota: Los datos suministrados en los anteriores formatos deberán corresponder a la condición e información actual de hogar, de presentarse inconsistencias en los datos no será posible notificar los avances y/o resultados en las diferentes etapas del proceso.
  • Fotocopia legible de las cédulas de ciudadanía de todos los mayores de edad y contraseñas en caso que aplique.
  • Certificaciones laborales/ingresos:
    • Para los postulantes aportantes (empleados dependientes), el ingreso debe ser soportado mediante certificación(es) laboral(es) de la(s) empresa(s) donde labora, (originales y/o digitales con vigencia no mayor a 60 días calendario).
    • Para postulantes Independientes o actividad laboral no formal, certificación expedida por contador público y de quien debe anexar: Fotocopia de cédula de ciudadanía, fotocopia de la tarjeta profesional y certificación de antecedentes disciplinarios expedido por la Junta Central de Contadores (originales y/o digitales con vigencia no mayor a 60 días calendario).
    • Para postulantes pensionados, anexar fotocopia del último desprendible de pago de aporte de la pensión emitido por la entidad pensional.
  • Copia de carta de crédito preaprobado o carta de aprobación de crédito con fecha de expedición no superior a 90 días ó la fecha de vigencia que indique el documento.
    Nota: Cuando la postulación se realice con (menores de edad) se recomienda presentar registro civil de nacimiento o tarjeta de identidad.
  • Certificación que acredite “Ahorros Previos” con una vigencia no superior a 90 días, representados en:  
    • Cesantías 
    • Ahorros programados  
    • Aportes o pagos por fiducia ó 
    • Aportes o pagos de cuota inicial por Constructora  

Para mayor información sobre las características de cualquiera de estos documentos consulte mas abajo en “Ahorro previo”

  • De no contar con algunos de los soportes mencionados anteriormente, deberá aportar un documento que lo vincule con la negociación o separación de una vivienda de interés social con una vigencia no superior a 90 días lo cual podrá soportar con alguno de los siguientes documentos:
    • Certificación del oferente o constructor que lo vincule con la compra o adquisición de un inmueble en un proyecto de vivienda de interés social  
    • Certificación de la separación con el plan de pagos de la cuota inicial  
    • Certificación de los aportes realizados ante fiducia ó 
    • Copia promesa de compraventa (documento con fecha de expedición máximo 12 meses)

Recuerde que Colsubsidio verificará en todo momento con el Constructor u oferente con el cual se encuentre adelantando la negociación de su vivienda, la informacion por usted aportada.  

Otros

 

  • Para postulaciones con integrantes divorciados o separados legalmente: registro civil de matrimonio o nacimiento con nota marginal que acredite la liquidación y disolución de sociedad conyugal o divorcio. Para unión libre, el documento que acredite la liquidación y disolución de la sociedad patrimonial, si es el caso.
  • Para postulaciones con integrantes viudos: registro civil de matrimonio o partida de matrimonio y registro civil de defunción, si es el caso.
  • Para postulaciones con: sobrinos, hermanos, nietos y/o bisnietos, menores de edad, anexar documento que acredite la custodia, cuidado y tenencia del(os) menor(es) de edad, expedido por entidad competente de acuerdo con la ley. (ICBF o Comisarías de Familia)
  • Cuando uno de los integrantes del grupo familiar presente algún grado de discapacidad física o mental: acreditar mediante certificación médica expedida por la EPS (esta condición genera mayor calificación al subsidio).

A tener en cuenta:
 

Las postulaciones que se radiquen a partir del 23 de enero de 2023 deberán contener documentación vigente y actualizada, en el caso de las certificaciones laborales con el valor del SMMLV 2023 – vigencia 60 días.

En relación a las postulaciones con novedades o inconsistencias resultantes del año 2022, para continuar con la solicitud deberá radicarse la siguiente documentación actualizada:

 

· Formato de actualización publicado en este portal web.

· Nuevo formulario de postulación (en numeral 1 del formulario debe marcar la casilla Cruce y/o Actualización).

· Certificaciones laborales con SMMLV actualizado a 2023 vigencia 60 días.

· Preaprobado o aprobado de crédito hipotecario vigencia 90 días.

· Presentar documento para subsanar la novedad, no mayor a 30 días.

 

Otros: documentos que se requieran actualizar por motivo del incremento del SMMLV

Criterios de calificación para el subsidio

Dentro de la postulación al subsidio de vivienda y conforme el artículo 2.1.1.1.1.4.1.2. del decreto 1077 de 2015 en donde se establecen los criterios que se deben tener en cuenta para calcular los puntajes de calificación de cada solicitud; y por otra parte el artículo  2.1.1.1.1.3.3.1.1. postulación del decreto 1077 de 2015, en donde se establecen los documentos a presentar para la postulación al subsidio de vivienda, los siguientes documentos correspondientes a “ahorro previo” o recursos propios del hogar pueden presentarse en la solicitud del subsidio de vivienda y otorgan mayor calificación dentro del proceso de asignación:

 

  • Cesantías: fotocopia de certificación expedida por el fondo de cesantías correspondiente, con fecha de inmovilización, saldo que se encuentra inmovilizado y fecha de expedición del documento (vigencia no mayor a 90 días calendario).
  • Ahorro programado: fotocopia de certificación expedida por la entidad financiera correspondiente, con fecha de inmovilización, número de cuenta, saldo que se encuentra inmovilizado y fecha de expedición del documento (vigencia no mayor a 90 días calendario).
  • Aportes a fiducia: fotocopia de certificación expedida por la fiduciaria correspondiente, con saldo que se encuentra a la fecha, fecha de expedición del documento (vigencia no mayor a 90 días calendario), con este documento se acreditan los aportes realizados por el hogar ante la fiduciaria en el proceso de compra de la vivienda.
  • Cuota inicial fotocopia de certificación expedida por la constructora correspondiente, con el saldo que se encuentra a la fecha. Fecha de expedición de documento firmado por la autoridad competente (vigencia no mayor a 90 días calendario).


En el caso en que la empresa certifique que no está obligada a tener revisor fiscal, este documento podrá aceptarse solo con la firma del representante legal.

Otras condiciones que generan mayor calificación dentro de la asignación del subsidio familiar de vivienda:

 

  • Mujer u hombre cabeza de hogar: para acreditar esta condición especial deberá realizarse la debida marcación (J) en el punto 3 del formulario de postulación, adicionalmente la marcación del SI _X_ en el formato “Declaración de estado civil y condición especial.”
  • Discapacitado: para acreditar esta condición especial deberá realizarse la debida marcación (D) en el punto 3 del formulario de postulación, esta condición se acreditará con la certificación médica respectiva.
  • Mayor de 65 años: para acreditar esta condición especial deberá realizarse la debida marcación (M65) en el punto 3 del formulario de postulación, esta condición se acreditará con el documento de identidad.
  • Condiciones socioeconómicas, de acuerdo a los ingresos presentados por el grupo familiar.
  • Número de integrantes del grupo familiar, por lo cual se reitera la importancia en que el grupo familiar inicialmente registrado en afiliaciones sea consistente con el postulado al subsidio.
  • El número de veces en que participa la solicitud se aclara que si un subsidio resulta en estado Calificado, la solicitud no se rechaza ni se niega, por el contrario, sigue participando en las asignaciones subsiguientes.


La presentación de estos documentos o acreditación de las condiciones especiales mencionadas anteriormente aseguran un mayor puntaje en la postulación del subsidio, lo cual indica que las postulaciones que cuenten con estas características tienen mayor probabilidad de asignación frente a las demás solicitudes.

Finalmente, y conforme el artículo 2.1.1.1.1.4.1.4 del Decreto 1077 de 2015 la asignación de los subsidios depende de la calificación que cada postulación obtenga en el proceso de asignación y el presupuesto disponible para asignar subsidios en cada periodo de adjudicación.

Por lo anterior, resaltamos lo determinado en los parágrafos del artículo mencionado anteriormente:

 

  • Parágrafo 1°. Si los recursos no son suficientes para atender el monto total de subsidio solicitado por el postulante individual alcanzado por el corte de selección, tanto ese postulante como los que le siguen en el orden secuencial serán excluidos de la correspondiente asignación.
  • Parágrafo 2°. Las entidades otorgantes del subsidio no asumirán compromiso alguno respecto de los postulantes que no alcanzaren a quedar incorporados en los listados de beneficiarios contenidos en las resoluciones de asignación expedidas en los términos del artículo 2.1.1.1.1.4.3.1 de la presente sección.

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El Ajuste del Subsidio Familiar de vivienda, establecido mediante Decreto 1077 de 2015, otorga a la Caja de Compensación la facultad de aplicar un aumento al valor del subsidio de vivienda inicialmente asignado, el cual por políticas de la caja debe cumplir las siguientes características, la cuales deben reunirse para realizar la solicitud, en donde el factor fundamental es que el hogar debe mantener las mismas condiciones que presentó para la postulación al subsidio de vivienda:

Condiciones a cumplir

 

  • La afiliación a la Caja de compensación.
  • Conformación del grupo familiar (debe mantener el mismo estado civil de la postulación).
  • Estado civil (debe conservar el reportado en afiliaciones – sistema interno – postulación).
  • La condición socioeconómica del hogar (ingresos deben mantenerse a los presentados en la postulación, la excepción que podría manejarse seria la variación del valor del salario mínimo por el cambio de año).


Es importante aclarar que el trámite del ajuste estará condicionado a la solicitud formal del hogar. Adicionalmente, el subsidio de vivienda deberá encontrarse vigente a la fecha de la solicitud y sin aplicar, es decir: no haber firmado escritura o que el constructor u oferente haya solicitado anticipo del subsidio de vivienda. Adicionalmente, el constructor u oferente deberá tener pleno conocimiento de la solicitud de ajuste o reajuste.

El hogar puede realizar la solicitud de ajuste hasta dos veces, es decir “Reajuste”, no obstante, recomendamos que la segunda vez que se ajuste el subsidio sea dentro del mismo año en que se vaya a firmar escrituras públicas debido a que esta será la última vez que se aumente el valor del subsidio.

Documentos

 

  • Descarga y diligencia el formato de solicitud del ajuste firmado al menos por el afiliado titular del subsidio.
  • Certificación laboral original o digital, o el documento que aplique según el tipo de afiliado, no mayor a 60 días (de todos los mayores que reportaron ingresos).
  • Copia promesa de compraventa u opción de venta según aplique (aplica para solicitud de Reajuste, es decir, ajuste por segunda y última vez).

Puedes radicar tus documentos para postularte al subsidio familiar de vivienda, lo podrás hacer a través del Portal Transaccional o en el centro de servicios más cercano. 
 
Si vas a radicar solicitud de ajuste, reajuste, renuncia o alguna otra solicitud referente a la postulación o asignación del subsidio de vivienda, lo podrás hacer a través del correo electrónico corporativo postulacion.subsidiodevivienda@colsubsidio.com o en el Centro de Servicios más cercano a tu lugar de trabajo o residencia. Ver Centros de servicios

 

Recuerda que el correo mencionado no será valido como medio o canal de radicacion para las postulaciones de vivienda nueva o arrendamientos, las cuales solo se podrán radicar a través del Portal Transaccional o en el centro de servicios más cercano. 

Documentos Del Plan De Vivienda

 

Con el fin de percibir los recursos de los subsidios de vivienda, se deberá realizar inicialmente la inscripción del Oferente y el Plan de vivienda ante la Caja, para posteriormente solicitar el desembolso de los recursos de los subsidios familiares de vivienda asignados a nuestros hogares afiliados. Para tal proceso, la Caja Colombiana de Subsidio Familiar Colsubsidio, requiere la siguiente documentación para realizar el estudio de la solicitud:

 

  • Carta remisoria indicando la relación de documentos.
  • Permiso de ventas y/o enajenación o radicado de este. Licencia de construcción vigente, con sus respectivas modificaciones, prorrogas y/o revalidaciones a las que hubiere lugar; En caso de haber culminado obras, será necesario aportar acta de finalización de obra firmada dentro de la vigencia por el profesional constructor responsable, con copia de su matrícula profesional.
  • Juego de Planos Arquitectónicos aprobados bajo Licencia de Construcción, este archivo deberá aportarse en PDF independiente llamado “Planos Arquitectónicos”.
  • Licencia de urbanismo con sus respectivas modificaciones, prórrogas y/o revalidaciones a las que hubiere lugar; En caso de no requerir expedición de licencia de urbanismo se deberá aportar Resolución de legalización del barrio o sector donde se encuentra ubicado el plan de vivienda a inscribir, y/o concepto emitido por Secretaría de Planeación del Municipio.
  • Certificado de tradición y libertad no mayor a 30 días de expedición del predio en mayor extensión sobre el cual se desarrolla el proyecto de vivienda.
  • Carta de presentación del proyecto, detallando de manera clara y expresa la conformación y distribución de las unidades de vivienda aprobadas bajo Licencia de construcción; adicionalmente, indicar en esta carta, el valor de las unidades de vivienda, la dirección con nomenclatura y municipio en donde se encuentre el proyecto de vivienda, las sociedades que participan en el desarrollo del proyecto y en qué calidad. Por último, indicar el correo de notificación a los cuales Colsubsidio remitirá los soportes de desembolso de los subsidios de ese proyecto de vivienda (Aportar como mínimo 2 correos electrónicos; en caso de existir fiducia mercantil, indicar los correos electrónicos de la fiduciaria).
  • Certificación bancaria de la cuenta bancaria a la cual solicitan el giro de los recursos de los subsidios familiares de vivienda no mayor a 30 días de expedición. (En caso de existir contrato de fiducia mercantil, la cuenta bancaria deberá estar a nombre del fideicomiso que administra los recursos del proyecto de vivienda).
  • Certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio y con vigencia no mayor a 30 días de expedición, RUT y copia de la cédula de ciudadanía del representante legal del Oferente (En caso de que participen varias sociedades en el desarrollo del proyecto, enviar estos 3 documentos por cada una de las sociedades).
  • Certificado de existencia y representación legal expedido por la Superintendencia Financiera, RUT y copia de la cédula de ciudadanía del representante legal de la Fiduciaria, en caso de que exista contrato de fiducia mercantil para la administración de los recursos del proyecto, así como para la tenencia del lote. (Cuando aplique)
  • Contrato de fiducia mercantil con sus respectivos otro-síes a los que hubiere lugar. (Cuando aplique)
  • Contratos de convenio asociativo, constitución de uniones temporales y/o cualquier tipo de contrato privado y/o público, cuando participen varias sociedades en el desarrollo del proyecto. Dicho contrato deberá especificar la calidad con que actúa cada parte, los derechos, obligaciones y responsabilidades de cada una, así como su índice de participación porcentual en el mismo.
  • Si el constructor no se encuentra inscrito ante Colsubsidio deberá aportar ficha técnica de creación de terceros en original firmada por el representante legal cuando se giren los recursos directamente al constructor. Se anexa ficha en su versión 15 para ser diligenciada en caso que aplique. (Descargar documento EXCEL 2,3 MB).


Cabe resaltar que cada uno de los documentos solicitados para la inscripción del plan de vivienda deberán ser remitidos en un archivo de PDF de manera individual, lo cuales deberán ser allegados de forma digital al correo desembolsos.subsidiodevivienda@colsubsidio.com

Posteriormente, una vez el plan de vivienda se encuentre incluido en nuestro listado de planes de vivienda declarados como elegibles, para el giro de los recursos de los Subsidios Familiares de Vivienda, se deberá allegar la siguiente documentación respecto de cada hogar afiliado con el cual se encuentre en proceso de cierre de negocio:

 

  • Certificado de tradición y libertad original, con fecha de expedición no mayor a 30 días.
  • Carta de autorización de desembolso original firmada por todos los mayores de edad beneficiarios subsidio donde autorizan a Colsubsidio a realizar el desembolso del subsidio familiar de vivienda a nombre del constructor y/o fideicomiso conforme los datos de la certificación bancaria aportada al momento de la inclusión del Plan de Vivienda.
  • Acta de entrega del inmueble original suscrita por el constructor y el hogar beneficiario del subsidio.
  • Certificado de existencia y/o habitabilidad del inmueble objeto de aplicación del Subsidio, expedido por las entidades autorizadas por Colsubsidio.
  • Carta remisora por parte del constructor relacionando los documentos presentados para el giro del subsidio familiar de vivienda.


La solicitud de desembolso de los subsidios familiares de vivienda la podrá radicar a través del correo electrónico desembolsos.subsidiodevivienda@colsubsidio.com. Cada solicitud de desembolso deberá contener los cinco (5) documentos anteriormente descritos.

Los subsidios familiares de vivienda asignados por Colsubsidio, de acuerdo con la normatividad vigente, tendrán una vigencia inicial de (36) treinta y seis meses, los cuales se podrán prorrogar, por una sola vez, hasta por (24) veinticuatro meses adicionales, mediante acta suscrita por el representante legal, sin exceder (60) sesenta meses la vigencia total del subsidio. Para ser beneficiario de la prórroga del subsidio de vivienda, podrá consultar las condiciones y requisitos a través del siguiente link: https://www.colsubsidio.com/apoyo-financiero/subsidio/vivienda/asignacion/prorroga.

Posibilidad de otorgar por parte de Fonvivienda, a través del programa Mi casa ya, un subsidio familiar de vivienda de forma concurrente o complementaria al subsidio familiar de vivienda otorgado por las cajas de compensación familiar para la adquisición de una solución de vivienda, siempre y cuando la naturaleza de los mismos lo permita.

Condiciones:

  • El hogar deberá contar primero con un subsidio de vivienda asignado por la caja de compensación.
  • Contar con un crédito aprobado para la adquisición de una solución de vivienda o, en su defecto, contar con una carta de aprobación de un leasing habitacional emitida por una entidad financiera (banco) o por el Fondo Nacional del Ahorro (FNA).
  • El hogar deberá solicitar el subsidio concurrente o complementario ante la entidad financiera (banco).
  • Aplica para hogares que, perciban hasta dos (2) SMMLV.
  • Aplica para subsidios de vivienda nueva urbana asignados, vigentes y sin aplicar.
  • Aplica sobre viviendas cuyo precio no supere el límite establecido para la vivienda de interés prioritario (VIP) y social (VIS) en las normas que regulen la materia.
  • El subsidio que otorgará FONVIVIENDA será de hasta 20 SMMLV.

Nota: (I) la suma de los dos (2) subsidios para los hogares que, según los requisitos, cumplan las condiciones para ser beneficiarios de subsidio de concurrencia, complementarán la cuota inicial junto con los recursos propios del hogar. (III) Actualmente el crédito hipotecario Colsubsidio no está habilitado para aplicar al subsidio de concurrencia. (III) La asignación y desembolso del subsidio de concurrencia están sujetos a las disposiciones y cupos otorgados por el gobierno nacional a través de FONVIVIENDA para el año 2023.

https://www.colsubsidio.com/apoyo-financiero/subsidio/vivienda/nueva

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